jueves, abril 18, 2024

Vox volverá a ejercer de acusación popular en el nuevo juicio contra Rodrigo Lanza

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Pedirá 25 años de prisión por asesinato agravado

VOX volverá a ejercer como acusación popular en el nuevo juicio que se celebrará por el asesinato de Victorino Laínez, conocido como el ‘crimen de los tirantes’, ya que portaba unos tirantes con la bandera de España cuando fue golpeado por la espalda, cayó al suelo y continuó recibiendo golpes por parte de Rodrigo Andrés Lanza, quien fue condenado a cinco años de prisión delito de Lesiones en concurso con homicidio imprudente.

Esta formación solicitará 25 años de prisión por el asesinato de Lainez – ya que, por parte de Lanza, existió alevosía, ensañamiento y obró por motivos de odio ideológico o político- en el nuevo juicio que se celebrará en la Audiencia Provincial de Zaragoza, tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) emitido ayer.

En este sentido, el diputado de VOX en las Cortes de Aragón y abogado, David Arranz, considera que la sentencia de cinco años de prisión era “ridícula”. “Esperamos que, por fin, pueda hacerse justicia en esta causa, donde se cometió un brutal asesinato: la víctima fue atacada por la espalda y machacada en el suelo”, ha recordado Arranz.

El TSJA ha considerado que es necesario que se repita el juicio contra Lanza, después de que tanto el Ministerio Fiscal, como la acusación particular, y la acusación popular que ejerció esta formación así lo solicitaran.

Las razones por las que se ha declarado nulo el anterior juicio son por la insuficiencia de motivación del veredicto y de la sentencia, que sin que quepa recurso alguno al declararse la nulidad del juicio, del veredicto y de la sentencia, obliga a la repetición o nueva celebración del juicio con otro jurado y otro Magistrado-Presidente.

Tras la sentencia, VOX hizo constar que se había producido un quebrantamiento de normas y garantías procesales que causan indefensión, derecho a un proceso con todas las garantías y a utilizar y valerse de los medios de prueba pertinentes, así como por infracción de las reglas y máximas de la lógica, la experiencia y los conocimientos técnico-científicos, como de la exclusión de la arbitrariedad y vulneración del deber de motivación de las resoluciones judiciales. Esta apelación fue recogida y aceptada por el TSJA.

El TSJA reconoce que el Jurado no da “ninguna explicación acerca de las razones por las que ha declarado no probados los hechos”.

Si bien el TSJ de Aragón ve “factible” que el Jurado no considere acreditados una parte de los hechos que se le someten a decisión, “debería explicar las razones por las cuales considera acreditados unos hechos y también por qué rechaza tener por acreditados otros”.

En este sentido, Arranz explica que “resultaban fundamentales cuestiones y extremos como las periciales médicas y la causa de la muerte”. Para VOX, ha explicado Arranz, “existió dolo de matar y no un mero dolo de lesionar”·.

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