jueves, abril 25, 2024

El Congreso aprueba el derecho a la eutanasia en España

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Luz verde con el rechazo de Vox, PP y UPN

España se suma a la ‘moderna’ Europa y el Congreso aprueba el derecho a la eutanasia en España.

El derecho a poner fin a tu vida en casos extremos de sufrimiento físico y psíquico será una realidad en un plazo de tres meses.

El Congreso de los Diputados lo ha aprobado por 198 votos a favor y 138 en contra. PSOE contó con el respaldo de la gran mayoría de partidos políticos y con el rechazo de Vox, PP y UPN.

“Hoy se impone el sentido común y la humanidad”, declaró Salvador Illa.

La propuesta fue presentada por primera vez en 2017 por Podemos y un año más tarde por el PSOE.

Vox y PP ven lamentable tal decisión y ambos defendieron que había alternativas como los cuidados paliativos. Una ley de derechos y garantías ante el proceso final de la vida y evitar así el sufrimiento.

UPN, el otro partido que rechazó la eutanasia, quiso aclarar la diferencia entre cuidados paliativos y eutanasia. “Esta última práctica es gratis. Quieren empujar al que quiere tirarse al vacío antes que ayudarle”, afirmó su portavoz, Carlos García Adanero.

Vox apuntó también que esto significa vía libre “a que el Estado mate“, ya que sólo podrán acceder ahora a los cuidados paliativos aquellos que sea más que solventes económicamente. “Esta ley es criminal”, sentenció su portavoz, Lourdes Méndez.

El partido de Abascal tiene claro que recurrirá esta “barbarie” ante el Tribunal Constitucional.

Condiciones

La ley aprobada trata de compaginar el derecho constitucional a la vida con los derechos, también constitucionales, a la integridad física y moral; a la dignidad humana; al valor superior de la libertad; a la intimidad y a la libertad ideológica y de conciencia.

El texto aprobado establece como condiciones imprescindibles para recibir ayuda para morir que la persona afectada lo solicite dos veces con una diferencia al menos de 15 días y hacerlo voluntariamente, con plena autonomía y tras haber sido informada detalladamente y por escrito de su situación médica, del proceso que seguirá la misma y de las alternativas paliativas si las hubiere.

El solicitante debe sufrir una enfermedad grave e incurable que provoque sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable o padecer una dolencia crónica e invalidante que incida directamente sobre su autonomía física, de expresión y relación con seguridad de que dichas limitaciones no tienen posibilidad de curación o mejoría.

En el caso de personas absolutamente incapacitadas, sin consciencia, será imprescindible que exista un documento de instrucciones previas, un testamento vital, suscrito por ella misma cuando se encontraba en condiciones de hacerlo y en el que expresamente afirme su decisión de acceder a la práctica eutanásica.

Todo el proceso debe ser supervisado, informado, certificado y asistido por un médico responsable que deberá además recabar opinión de otro médico consultor. Todos los informes y la decisión correspondiente al caso se elevarán a la Comisión de Evaluación y Control que deberá conformarse en cada Comunidad Autónoma. Todos estos trámites pueden conllevar aproximadamente dos semanas.

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