viernes, marzo 29, 2024

La custodia compartida llega al Congreso de la mano del Grupo Parlamentario Vox Asamblea de Murcia

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“Los niños tienen derecho a mantener una relación cotidiana después de la separación con ambos progenitores”, afirmaron desde el G.P. Vox

La custodia compartida es uno de los regímenes o formas de guarda y custodia que contempla el derecho de familia. Consiste en la atribución a ambos progenitores de la custodia de los hijos menores o incapacitados, en igualdad de derechos y deberes, tras una separación o divorcio.

“La convención internacional de los derechos del niño establece en su artículo 9 el derecho de los niños a no ser separados contra su voluntad de sus padres y la necesidad de mantener relaciones y contacto directo con ambos. Ese contacto directo debe ser, además, normalizado. Ni el padre ni la madre pueden ser reducidos, más que con la concurrencia de razones muy justificadas y autorización judicial, de la condición de padre o madre cuidador, a la condición de padre o madre visitante”, destacaron los diputados del G.P. Vox.

Cuando se rompe la relación de una pareja, la custodia de los hijos menores se debe compartir entre ambos progenitores. Sólo en casos excepcionales en que se este régimen de custodia se desaconseje debe recurrirse a otras modalidades de custodia.

El Grupo Parlamentario Vox pretende la modificación del Código Civil a fin de establecer la custodia compartida como régimen de guarda y custodia de menores de aplicación preferente, que será tramitada para su defensa en el Congreso.

La convicción firme que motiva esta propuesta es que los representantes públicos deben garantizar el superior interés de los menores de edad cuyos progenitores deciden poner fin a su convivencia.

“Los niños tienen derecho a mantener después de la crisis de pareja, el equilibrio emocional y afectivo que solo una relación cotidiana y normalizada con ambos progenitores puede proporcionarles”, señalaron los diputados del G.P. Vox.

Este tipo de custodia ha ido ganando importancia en España en los últimos años, representando ya el 41,4% de las custodias que se otorgaron en España en 2020 (último año del que hay estadísticas completas).

Este auge se debe a que la custodia compartida está considerada por los expertos como la más beneficiosa para el interés y correcto desarrollo del menor.

Tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional se han pronunciado reiteradamente a favor de la custodia compartida, no como un régimen excepcional, sino precisamente como el más normal y recomendable de los regímenes de custodia.

Esta proposición de ley no significa que los jueces vayan a tener que ordenar siempre custodias compartidas. Mucho menos en caso de violencia de género. Por el contrario, cualquiera de las partes y el propio ministerio fiscal podrán oponerse a la custodia compartida cuando haya razones que la desaconsejen, y el juez podrá optar en tales casos por otra fórmula.

“Si aún sentimos en nuestras venas juventud y fuerza como sociedad, si queremos caminar hacia algo mejor, el norte de nuestra brújula no pueden ser sino los cuatro valores fundamentales de nuestro ordenamiento jurídico: la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”, terminaron de decir.

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